La relación obrera patronal y los problemas que se suscitan tienen que ser ... de su objeto como lo menciona el Artículo 1824 del Código Civil se dice: ... C) Poner en conocimiento del sindicato titular del contrato colectivo y de los ..... al número de establecimientos y al tipo de relación contractual existente: .
Un contrato, es un acuerdo de voluntades, verbal o escrito, manifestado en común entre dos o más personas con capacidad (partes del contrato), que se obligan en virtud del mismo, regulando sus relaciones relativas a una determinada finalidad o cosa, y a cuyo cumplimiento pueden compelerse de manera recíproca, si el contrato es bilateral, o compelerse una parte a la otra, si el contrato es unilateral. Es en suma el contrato un acuerdo de voluntades que genera «derechos y obligaciones relativos»,
No hay comentarios:
Publicar un comentario